ES OFICIAL LA COMPENSACIÓN DE 30 CENTAVOS PARA TAMBOS DE 2.900 L

Se debe completar el formulario que figura en www.mecon.gob.ar/secretarias/comercio/comercio-interior/rrpplechero/


Se publicaron ayer en el Boletín Oficial las resoluciones que comprenden al "Régimen de recomposición del pequeño productor lechero", mejor entendido como el sistema de compensación para una parte de la actividad tambera.
La publicación de la Resolución 34/2015 de la Secretaría de Comercio Interior y la Resolución 82/2015 del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas detalla el beneficio de 30 centavos por litro producido de leche cruda con destino a su industrialización en el período comprendido entre el mes de marzo de 2015 y el mes de mayo de 2015 inclusive, correspondiente a quienes produzcan un promedio diario de hasta 2.900 litros, calculados en forma mensual para cada uno de los meses del período del régimen.
En este sentido, la Subsecretaría de Comercio Interior "analizará y cotejará los datos recibidos mediante las Declaraciones Juradas de los beneficiarios, pudiendo requerir documentación o información adicional al Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y/ o a los operadores lácteos y/o a posibles beneficiarios y/o a otros organismos públicos y privados", por lo tanto, de registrarse una sensible disminución en los litros de leche producidos respecto de los meses anteriores a la vigencia del régimen dispuesto en la Resolución N° 82/15, "podrá disponer inspecciones en los sitios de producción para constatar la información suministrada". Se tomará como base de cálculo lo producido mensualmente por la persona física o jurídica, independientemente de la cantidad de establecimientos que explote.
Los pagos a los beneficiados se realizarán en forma mensual, mediante resolución de la Secretaría de Comercio y a través de transferencias bancarias del Banco de la Nación Argentina desde la cuenta del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas Los beneficiarios deberán estar incluidos en la nómina de tambos proveedores de cualquiera de los operadores lácteos obligados a emitir las liquidaciones que resultan de la aplicación que se conoce como Liquidación Unica, para el pago por calidad de materia prima.
Los interesados, deberán inscribirse a través del dominio de internet www.mecon.gob.ar/ secretarias/comercio/comerciointerior/ rrpplechero/ y completar la información requerida en el formulario, con carácter de declaración jurada.
Una vez completada la información y enviado el formulario -cuyo contenido queda sujeto al control posterior por parte de la Secretaría de Comercio- se emitirá una constancia electrónica de inscripción para el interesado.
Hasta el día 10 del mes siguiente el productor deberá informar la producción total de leche cruda remitida a la industria a través del dominio de internet y el formulario antes citado, sobre lo cual se emitirá una constancia electrónica.

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