Fitosanitarios: “se tienen que tener argumentos suficientes, sólidos y no sesgados”

Así lo considera el Ing. Agr. Oscar Bohl de Villa María, que explicó los alcances de la normativa vigente en esa ciudad, similar a Rafaela.

Por Elida Thiery (Rafaela Noticias) - Como lo es Rafaela en Santa Fe, el conglomerado que conforman Villa María y Villa Nueva, dos localidades pegadas en Córdoba, es el tercer núcleo poblacional de esa provincia.
Con unos cien mil habitantes entre ambas, tiene una geografía muy similar a la nuestra, pero sorprende el establecimiento de industrias lecheras y alimenticias, el vínculo del campo y la ciudad, pero también el avance que supieron hacer en la formación de recursos humanos para sostener económicamente ese aspecto, con la Escuela Superior Integral de Lechería, que se combina con la Universidad de Villa María, para generar una instancia de formación superadora.
Algunos aspectos similares y otros en un escalón superador son los que nos hacen espiar un poco la forma de trabajar de Villa María en cuanto a los fitosanitarios, para entender cómo una comunidad puede promover el trabajo agropecuario, fomentar un mayor arraigo industrial, con sus consecuencias positivas en lo social y comercial, sin interferir en un crecimiento abarcativo de una comunidad. 

Desde 2009

Los lineamientos allí están dados por la Ordenanza Nº 6.118 que dispone que la Subsecretaría de Ambiente de la Municipalidad de Villa María es la autoridad de aplicación, para una zona de resguardo de 200 metros, desde los núcleos urbanos, donde no se pueden hacer pulverizaciones de fitosanitarios ni fertilizantes, salvo productos destinados a la práctica de la agricultura orgánica. Esto surgió por solicitud de un grupo de concejales y un estudio realizado en ese momento.
Aprobada el 20 de agosto de 2009, dispone entre la zona de resguardo y los 1.500 metros sólo puede haber aplicaciones terrestres con productos de clases toxicológicas II, III y IV. Después de los 1.500 metros sí se pueden hacer aplicaciones aéreas, en línea con la normativa provincial.
Sobre la base de la Ley 9.164 de la provincia de Córdoba y el Decreto Reglamentario Nº132/05, cada aplicación debe comunicarse con fecha y hora concreta con 48 horas de antelación, con máquina habilitada y operario con carnet, tipo de cultivo, dosis y registro completo en receta fitosanitario.
“La autoridad municipal podrá realizar la inspección in situ”, además de estar facultado el funcionario para tomar tres muestras del contenido del tanque de la máquina, para poder analizarla si se considera, quedando precintadas, una en laboratorio, otra en la Municipalidad y otra para el aplicador. Del mismo modo, si las condiciones meteorológicas no son aptas se podrá suspender la aplicación.
En el área de resguardo no pueden limpiarse maquinarias o equipos utilizados en aplicaciones, en tanto se prohíbe la circulación de las mismas por el sector restringido al momento de estar cargadas. El abandono de envases también se restringe.
Los usuarios responsables son las personas físicas o jurídicas que administran las tierras, mientras que en caso de arrendamiento los dueños reales son solidariamente responsables de las infracciones.
Las multas van de mil a cinco mil unidades de multa (cada una es un litro de nafta super) en la primera infracción, la primera reincidencia de cinco a diez mil unidades, mientras que la segunda infracción tiene multas de diez a veinte mil unidades de multa, secuestro de elementos y clausuras.
Para los productores de frutas, verduras y hortalizas del contorno de la ciudad de Villa María se los obliga a tener asesores fitosanitarios, presentación de recetas agronómicas en línea con las restricciones, para poder participar del Mercado de Abasto. El incumplimiento tiene multas de cien a dos mil unidades mencionadas. 

Argumentos sólidos 

RAFAELA NOTICIAS habló con el ingeniero agrónomo Oscar Bohl, integrante del Consejo Directivo de la entidad que agrupa a sus colegas en la provincia de Córdoba y a la vez delegado en todo el departamento San Martín, del cual Villa María es cabecera.
“A partir de la Ley provincial, hay algunos municipios que deciden ser más restrictivos respecto a las pulverizaciones en el límite con los predios urbanos”, teniendo en cuenta que la normativa vigente en Córdoba habla de limitaciones de aplicación hasta los 500 metros desde el límite periurbano de los productos con toxicidad IA, IB y II en máquinas terrestres, pero si se habilitan los considerados en los grupos III y IV. En cuanto a las aplicaciones aéreas, se restringen hasta los 1.500 metros los IA, IB y II, mientras que en los radios desde los 500 metros de la planta urbana sólo se permite el uso aéreo de productos clase III y IV que son “productos fitosanitarios, de una toxicidad regulada por el Senasa”.
Bohl sabe del mal uso habitual de los términos, que con intencionalidad se ligan a agrotóxicos o fumigaciones, para hablar de prácticas normadas en el ámbito agropecuario y científico, a lo que podríamos agregar ejemplos como “monocultivo” para degradar la posición rural en cualquier discurso contrario a la producción.
“Es bueno saber que se puede retirar más la zona de aplicación, pero si no la voy a controlar como corresponde, no estoy solucionando el problema de base. Simplemente esto puede mostrar alguna intencionalidad política, porque está de moda, o por cuestiones inmobiliarias, porque en muchas localidades donde se avanza sobre el campo, algunos lotes que quedan metidos dentro de una zona conflictiva, terminan aumentando los problemas”, por eso este especialista recomienda un asesoramiento profesional correspondiente.
Cabe aclarar que en la provincia de Córdoba existe la figura del asesor fitosanitario, que son ingenieros agrónomos que tienen registro, que son quienes visan la receta agronómica que emite el asesor fitosanitario que tiene el productor, “por lo tanto hay un doble control”, chequeando las condiciones fundamentales que establece la Ley y que de esta manera dejan certeza de “un compromiso legal tácito, en calidad de declaración jurada, tanto del profesional, del productor, como del aplicador”.
Bohl es claro, “la Ley está, las reglas están, por lo tanto si alguna parte no las cumple tendrán una sanción”.
Este profesional entiende que “tiene que haber siempre zonas de resguardo, pero cuando las restricciones de metros van mucho más allá de lo que la Ley estipula, no puede ser porque si, se tienen que tener argumentos suficientes, sólidos y no sesgados, lo cual siempre termina siendo débil en la mayoría de las ordenanzas”.
Pero el eje de los cuestionamientos siempre está en la debilidad de los controles, si no mejora ese aspecto “siempre se pueden seguir redactando ordenanzas”.
Tal como sucede en el resto de las zonas productivas, en el área de influencia y en Villa María, a pesar de no tener controles estrictos de cada aplicación, Bohl explica que “hoy por hoy el productor se cuida mucho para no recibir ningún tipo de queja por parte de los vecinos”, ya que están disponible contactos por mail, celular o a través del 0800-8888-2476, para que la Policía Ambiental actúe ante las irregularidades y se cobren las multas correspondientes, e incluso se avance en decomisos de maquinaria o clausura de establecimientos.
Si la política sólo será de restricciones, sin sustento científico, será complicada la evolución de la comunidad, por eso, el Ing. Bohl explica que “no sólo tiene que haber un corrimiento del periurbano, sino que debe haber una planificación que permita atender al entorno de cada localidad, porque hay muchas veces en las que las condiciones dadas para la producción orgánica no responden a lo pretendido, pudiendo si abarcarse de mejor manera por las producción extensivas. Pero siempre debe tallar el Municipio, al menos, en la sugerencia de alternativas, con una conversación directa con el número acotado de productores que conforman el contorno de cada localidad, con quienes se deben establecer las reglas para trabajar en el periurbano. Cada productor debe poder decidir qué es lo que quiere seguir produciendo, aunque deba cambiar algún procedimiento particular”.
Pretender que tierras de alta productividad se transformen en huertas orgánicas es una utopía que tenderá entonces, por la baja rentabilidad, a la venta de lotes con destino inmobiliario, que teniendo en cuenta el avance progresivo de las ciudades con características mixtas no harían más que acelerar procesos de inestabilidad socio-económica, ya que industrias o comercios no están preparados para absorber a toda la mano de obra.
Bohl recomienda herramientas lógicas de las Buenas Prácticas Agrícolas, pero también los lineamientos de la certificación con normas IRAM que Aapresid hace en el programa Municipios Verdes, tal como se hizo en Monte Buey, Cosquín, Cañada Rosquín, Casilda, Los Surgentes, San Genaro y Junín. Todo está ayudado por la tecnología, que permite tener un detalle de cada caso, e incluso favorece al hecho de no tener que tener a una persona presente en cada punto de control, sino valerse de los datos registrados en las máquinas de aplicación, para contrastarlos con las regulaciones dispuestas por la Ley.
“Cuando uno quiere hacer política de la buena en este y otros temas, hay un plan de gestión y un programa para desarrollar, se escribe, se establece de común acuerdo con las partes intervinientes, de esa forma no falla”, concluye Bohl.
Más reglas claras, más control y menos restricciones es lo que permite un mayor entendimiento y seguimiento, sobre la idea de figuras “coherentes” que no queden en “imágenes etéreas que hagan difícil la convicción de los demás para que cumplan con fundamento una norma”. 

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