En la provincia se disponen subsidios de tasa para créditos. A nivel nacional se compensarán a tambos de hasta cinco mil litros en promedio diario, con fondos del Dólar Soja y no con lo recaudado por retencioens como se había anunciado. Los productores deberán gestionar la ayuda en la web de AFIP.
Por Elida Thiery – Que la lechería viene deteriorándose se manifiesta en este espacio desde hace bastante, no sólo por situaciones vinculadas a la sequía, sino por el aumento de los costos de producción, de los servicios, de los salarios, de la diferencia entre los cambios de la moneda extranjera, de las retenciones dispares e inentendibles, el impacto negativo del dólar soja, entre tantas otras cosas.
Fue a partir de múltiples reclamos y presiones del sector productivo que los estados reaccionan tarde a las necesidades y es este martes 17 de enero que se activan de manera conjunta medidas que fueron enunciadas hace casi un mes en Santa Fe y hace más de diez días a nivel nacional.
A través del Decreto 2936 la provincia de Santa Fe busca “fomentar el desarrollo y la modernización del sector tambero, promoviendo el acceso a herramientas crediticias”, por lo tanto se financia el capital de trabajo por un total de 500 millones de pesos hasta el 31 de marzo o hasta agotar el total.
Los créditos que podrán pedirse tendrán un plazo de 12 meses, con tres de gracia para el inicio del pago, con un tope de hasta tres millones por productor. Teniendo en cuenta que la tasa de interés se ubica en el 74,5 por ciento, la provincia bonificará 15 puntos porcentuales de tasa durante todo el plazo de la asistencia disponible en el Nuevo Banco de Santa Fe, con un máximo por productor de tres millones de pesos.
Los interesados deben cumplir con los requisitos de ser productores tamberos radicados en la provincia de Santa Fe, con certificado vigente que acredite la condición de MiPyME, inscripción en el Registro Único de Productores Primarios (RUPP); y constancia de Cumplimiento Fiscal emitida por la Administración Provincial de Impuestos (API).
Los primeros productores que esta mañana intentaron gestionar los créditos no pudieron completarlo por una falla en el sistema informático.
Compensaciones
También desde este martes, por la
publicación en el Boletín Oficial de la Nación de la Resolución
27/2023 se activan las ayudas para tambos de hasta cinco mil litros
diarios en promedio.
Se
reconoce que la situación crítica de las unidades productivas se
origina con el Programa de Incremento Exportador, con la propuesta
del Ministerio de Economía de acelerar la liquidación de soja con
un valor más competitivo.
Destaca la normativa que “no obstante
la situación coyuntural adversa, el sector tambero ha sostenido su
actividad llegando durante el año 2022 a obtener uno de los
volúmenes de producción más altos de nuestra historia y con un
récord de exportaciones que ronda dólares estadounidenses mil
setecientos millones (us$ 1.700.000.000) anuales, superando
largamente al periodo 2021 donde se exportaron algo más de dólares
estadounidenses mil trescientos millones (US$ 1.300.000.000)”. De
todas maneras, la referencia debería ser sobre el sector lechero,
abarcando a la producción y la industria, que es la que en
definitiva exporta.
El Gobierno indica que el Programa de
Asistencia Impulso Tambero tiene el objeto de “incrementar la
oferta de leche, optimizar sus sistemas productivos y mejorar la
rentabilidad del sector”, con lo cual se le “permitirá a los
productores hacer frente a la producción de reservas forrajeras para
los meses más críticos de la actividad”. Esto no es correcto,
porque en situación de sequía, no se puede producir forraje, sino
comprar reservas, ya sean balanceados o rollos como reserva.
“La asistencia del Programa
consistirá en la asignación de una compensación a productores de
hasta cinco mil (5.000) litros diarios a cuyo efecto se diferenciará
entre productores que no superen los mil quinientos (1.500) litros
diarios promedio (Categoría 1) y productores con volumen de
producción superior (Categoría 2)”.
“Para la Categoría 1 se establece
una compensación de pesos quince ($ 15) por litro diario promedio y
para la categoría 2 una compensación de pesos diez ($ 10) por litro
diario promedio, estableciéndose un límite máximo de compensación
mensual de pesos seiscientos mil ($ 600.000) para ambas categorías.
Que las compensaciones mensuales se asignarán por el término de
cuatro (4) meses”.
Con el promedio producido y registrado
por la Administración Federal de Ingresos Públicos, entre octubre
de 2021 y septiembre de 2022 se harán los pagos durante cuatro meses
consecutivos, si bien no se aclara fecha de inicio, se estima que
será en los próximos 15 días hábiles desde hoy.
Es notorio que cuando se anunció el programa en un tambo de Villa María, se habló de un fondo surgido
de las retenciones del sector lechero, pero ahora se destaca que son
9.160.000.000 de pesos del Dólar Soja.
El procedimiento se debe hacer
ingresansando “a través del servicio Secretaría de Agricultura,
Ganadería Y Pesca - Autogestión SAGyP del sitio web de la AFIP
(http://www.afip.gob.ar), mediante la utilización de la Clave
Fiscal”, “solicitar expresamente el beneficio en el marco del
programa”, “autorizar a la AFIP a suministrar a la Autoridad de
Aplicación la información correspondiente. Constituir domicilio en
una casilla de correo electrónico que será válida a todos los
efectos legales, notificaciones y requerimientos de información que
disponga la Autoridad de Aplicación en el marco del Programa.
Indicar un CBU de una cuenta bancaria en moneda pesos a su nombre.
Ingresar aquellos datos que la Autoridad de Aplicación considere
necesarios para una correcta efectivización del beneficio. Vencido
el plazo de presentación establecido en el presente artículo no se
recibirán más solicitudes”.
“Cumplidos los requisitos de
admisibilidad del trámite por el interesado y sobre la base de la
información proporcionada por la AFIP y la obrante en el Sistema
Integrado de Gestión de la Lechería Argentina (SIGLEA), la
Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca aprobará mediante el
dictado de una resolución la nómina de beneficiarios y determinará
las compensaciones correspondientes”.
“Establécese que el monto de los
beneficios será liquidado mensualmente y abonado mediante
transferencia bancaria a la cuenta correspondiente a la Clave
Bancaria Uniforme (CBU) declarada por cada interesado conforme el
procedimiento detallado en el artículo 7° de esta resolución,
sujeto a disponibilidad presupuestaria”, siendo la SAGyP la
autoridad de aplicación.
Durante este martes la web de AFIP no estaba preparada para iniciar el trámite, según reportaron los propios productores que lo intentaron.
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