Por Elida Thiery - A casi dos semanas de los llamados que el Secretario de Comercio Interior hiciera a diferentes empresas lácteas para que frenen el aumento a los productores tamberos, para forzar el ritmo inflacionario, bajo la amenaza de cerrar las exportaciones, ahora se conoció la distribución del cupo exportador a Colombia.
Con la carta del Centro de la Industria Lechera solicitando una reunión urgente con Matías Tombolini (https://elidaporelcampo.blogspot.com/2023/02/el-gobierno-amenaza-con-cerrar.html), que aún no encontró respuesta, las liquidaciones de la leche entregada durante el mes de enero tendrá un alza del cuatro por ciento, como fuera la voluntad del funcionario, sin embargo la intención de seguir subiendo el valor de la materia prima, por las necesidades productivas y de costos para llegar al siete por ciento, se terminará consiguiendo, ya que los adicionales por volumen, calidad y composición equilibrarán el valor que estaba programado y que se aguarda en los tambos.
Es así que este jueves se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 35/2023 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, dependiente del Ministerio de Economía, donde se conceden partes de la cuota de 2.141,2 toneladas de lácteos con destino a Colombia, sobre un total de 2.268 toneladas disponibles.
Entre once empresas se distribuyen demandas de leche y crema, concentradas o con adición de azúcar u otro edulcorante, en polvo, gránulos o demás formas sólidas.
La distribución de 226,800 toneladas para Saputo a través de Molfino Hnos. SA, Lactear SA, La Sibila SA, Cremigal SRL, Fábrica de Alimentos Santa Clara SA, Mastellone Hnos. Y Grupo Gloria Argentina SA. En tanto 113,400 toneladas también fueron para Punta del Agua SA y La Varense SRL. Finalmente, García Hnos. SRL, se quedó con 100,000 toneladas.
Informa la Secretaría que resta “un saldo de 126,8 toneladas que forma parte del cupo de libre disponibilidad que podrán acceder compañías que cumplan con el cupo asignado antes de finalizar el año”.
Si bien hay algunas entregas que ya se han adelantado, el total del compromiso comercial se deberá completar antes del 31 de diciembre del año corriente.
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